Desde Gestiona Cehegín proponemos una mayor persecución de los actos incívicos, entre ellos los provocados por las infracciones de tráfico y circulación de vehículos, a las que parece que nos hemos malacostumbrado en esta localidad. Desarrollamos esta propuesta en la medida 9, aquí te dejamos el vídeo.
Estos actos deben ser enfrentados con mayor autoridad, realizando previamente una campaña informativa para informar del cambio de postura, habilitando zonas de aparcamiento temporal bien reguladas y, posteriormente, sancionando cualquier incumplimiento de la Ley con contundencia.
Sucede entonces que nos escribe un vecino para informarnos de que ha sido sancionado por estacionar en una zona de carga y descarga. Sin embargo, la sanción se le formuló de forma errónea, tal y como nos explica, lo que le permite recurrir la multa. Esta es la foto de la sanción, cuyos datos han sido ocultados.
El problema es que el ‘5B’ al que se refiere el agente es una ‘opción’, no un ‘apartado’ del artículo 154, por lo que se produce una indefensión al no poder localizar el ciudadano el precepto exacto por el que se le sanciona, además de no coincidir los hechos descritos en el acta-denuncia con la parte del artículo que expone.
Esta sanción es por tanto recurrible. Para hacerlo hay que presentar un escrito en el Registro del Ayuntamiento explicando la situación. Os dejamos en este vínculo el modelo de alegaciones que nos han facilitado, en formato word, para que podáis hacer uso de él si os ha ocurrido una situación similar.
Queremos con esta publicación pedir a la Policía Local que vigile este hecho y lo corrija si fuera una práctica recurrente. También informar a los ciudadanos de sus derechos. Todo ello sin olvidar que, con multa o sin ella, estamos ante actos que no justificamos. Luchemos contra ellos. De forma legal, justa y contundente.