La Junta Electoral de Zona ha dado respuesta en el día de hoy a algunas de las denuncias electorales presentadas. El tema de la colocación de carteles en pedanías está a la espera de alegaciones por parte de X Cehegín. Ya os informaremos.
Respecto a la denuncia al Partido Popular por colocar una lona publicitaria en un espacio comercial no autorizado, y tras las pesquisas realizadas por la Policía Local, nos informan de lo siguiente:
Que los propietarios ‘dieron la autorización para la colocación de dicho cartel’ y ‘que la persona que físicamente puso el cartel electoral fue el marido de una de las hijas del propietario’. Acuerdan archivar la denuncia, ya que ‘no ha resultado acreditado que la candidatura del Partido Popular de Cehegín haya sido la encargada de colocar la lona de 18 metros en la Gran Vía’ (enlace).
En cuanto a la denuncia a X Cehegín por exceder el gasto máximo para cartelería con la contratación de los mupis publicitarios, violando además el principio de igualdad y proporcionalidad, nos dicen lo siguiente:
Que archivan la denuncia ya que la ‘Junta Electoral de Zona carece de competencia para el enjuiciamiento y sanción, en su caso, de los actos denunciados’. Que ‘la competencia corresponde a la jurisdicción ordinaria’, que si eso denunciemos en el juzgado (enlace).
Y eso que dice la Junta Electoral Central en su web que compete a las Juntas de Zona el ‘corregir las infracciones que se produzcan en el proceso electoral siempre que no sean constitutivas de delito’. Trasladaremos ambas situaciones a instancias superiores para intentar que las valoren.
Nosotros no podemos hacer más. Sea como sea, en unos días os competerá a vosotros juzgar. Es de esas pocas situaciones en las que todos somos ‘iguales’. De momento, con eso nos tendremos que conformar.